El concepto de seguridad jurídica se asocia a la certeza en la norma y en las relaciones jurídicas y a la predictibilidad en la aplicación de aquélla por el Estado.
JOAN CARLES OLLÉ. Decano del Colegio Notarial de Cataluña.
Ciudadanos y empresas deben saber a qué atenerse, lo que exige un marco jurídico y legislativo estable, claro y que genere confianza. El Ordenamiento salvaguarda la seguridad jurídica a través de diversas instituciones, como los notarios, que ejercen la justicia preventiva y garantizan que los negocios jurídicos se ajustan a la ley, o los jueces, que ejercen la justicia correctora o sancionadora, y restablecen el orden jurídico cuando la norma ha sido conculcada.
La evolución legislativa y jurisprudencial de los últimos años en nuestro país en materia hipotecaria es un ejemplo paradigmático de falta de certeza y estabilidad normativa. La famosa sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 14 de marzo de 2013 dio el golpe de gracia a 24esta legislación que históricamente había sido positiva, pero que, claramente, estaba necesitada de reformas. Lo censurable es que en todo este tiempo el problema no se haya resuelto.
En este periodo se han aprobado diversas leyes y el Tribunal Supremo ha dictado abundantes sentencias, cambiantes y a menudo contradictorias, sobre cláusulas suelo, intereses de demora, gastos o impuesto de actos jurídicos documentados, pero la sensación de inseguridad jurídica sigue bien presente.
La esperada ley reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario debe restablecer un marco legislativo que dé certeza y estabilidad en este importante ámbito.
La seguridad jurídica es presupuesto esencial para la realización del tráfico económico, puesto que el correcto funcionamiento de los mercados exige el eficaz desarrollo de las relaciones jurídicas y la confianza de los agentes en que sus actos, que provocan la circulación de la riqueza, serán conformes a la Ley. La seguridad jurídica es un factor de progreso y de crecimiento económico, que atrae y genera inversiones nacionales e internacionales